INVESTIGA LA DEFINICIÓN Y LOS ARTÍCULOS DEL:
DEFINICIÓN
Por fuero se entiende la facultad legal de aplicar la ley. Cuando se hace alusión al fuero común, se está refiriendo al ámbito legal de cada entidad en lo particular, que se encuentra regulado en los cuerpos de leyes locales.
ARTÍCULOS
Articulo
61. los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten
en el desempeño de sus cargos, y jamas podran ser reconvenidos por ellas.
el
presidente de cada camara velara por el respeto al fuero constitucional de los
miembros de la misma y por la inviolabilidad del recinto donde se reunan a
sesionar.
DEFINICIÓN
Se define al fuero de guerra como la jurisdicción potestad autónoma y exclusiva de juzgar, por medio de los tribunales militares y conforme a las leyes del ejercito, fuerza aérea y la armada, únicamente a los miembros de dichas instituciones, por las faltas o delitos que cometan en actos o hechos del servicio militar, así como la facultad de esos órganos de justicia de ejecutar la sentencia que dicten.
ARTICULO 13
Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales. ninguna persona o corporación puede tener fuero, ni gozar mas emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley. subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar; pero los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo, podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al ejercito. cuando en un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda.
http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/rap/cont/95/pr/pr4.pdf
Falta el artículo que habla sobre el fuero de guerra.
ResponderEliminarOk terminado el post.
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